Seis meses de prisión para ciudadano que mató un jaguar en Napo

Quito, 8 de septiembre del 2015

  • La pena inicial impuesta por la justicia fue de diez días de cárcel al responsable de este hecho. El Ministerio del Ambiente apeló la decisión.
  • Hoy hacemos historia y sentamos un precedente. Logramos una pena mayor para el responsable de la muerte intencional de una especie en peligro de extinción, catalogada como delito contra el ambiente.

Una red social y la fotografía de un animal muerto causaron la indignación de miles de ciudadanos al saber que no solo se acabó con la vida de uno de los pocos jaguares que pueblan la Amazonia sino que además se sentía orgullo de esa hazaña y fue publicada para el mundo, dio inicio a un proceso legal que duró tres años.

El 7 de febrero del 2012 se dio la alerta del atentando contra el ambiente cuando en un perfil de Facebook, se publicó fotos de un grupo de personas posando junto un jaguar muerto tendido en el suelo. Andrés Norberto, Miembro de Educaciones Ambientalistas de América Latina, puso la denuncia ante la Autoridad Ambiental Nacional al ver que el animal pertenece a una especie que se encuentra catalogada en peligro de extinción.

Y no solo eso, sino que además está protegido a nivel internacional y ubicado en el apéndice primero de la Convención Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. Por ello, inmediatamente se inició con las investigaciones y se determinó que esta acción punible y los posibles responsables se encontraban en la provincia de Napo.

Dos años después, el 23 de junio del 2014, la sala encargada del caso dictaminó sentencia. La pena impuesta a Luis Alfredo O., como autor responsable de la caza y muerte del jaguar, fue de diez días de prisión.

El Ministerio del Ambiente analizó el dictamen y planteó que la pena debía ser endurecida por todos los antecedentes antes expuestos y tomando en cuenta que desde 2008 el Ecuador reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos, que existe una normativa ambiental que garantiza efectivamente esos derechos y que cuenta con una estructura legal que penaliza y castiga todo tipo de actividades que cause daños al patrimonio natural.

Bajo esos parámetros y con apoyo legal y constitucional para ejercer soberanía y protección a la diversidad y permitir la conservación de la vida silvestre, flora y fauna, se planteó modificar dicha sentencia mediante una apelación, solicitando la máxima pena de acuerdo al artículo 247 del Código Integral Penal (COIP).

Allí se determina “Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

El 24 de noviembre del 2014 los Jueces del Tribunal de Garantías Penales de Napo dictaron una sentencia declarando la culpabilidad del acusado como autor del delito contra el ambiente pues el infractor reconoció haber acudido armado al lugar donde se encontraba el jaguar; y, una vez en el lugar, a una distancia de 100 metros, lo mató de un solo disparo.

Además, indicó que después de matar al jaguar lo llevó a su casa, lo desolló y brindó la carne a sus vecinos, quedándose con la piel, la misma que fue decomisada en una inspección que realizó esta Cartera de Estado.

A partir de esas declaraciones del imputado que demuestran que su acto lo realizó con intención el Ministerio del Ambiente insistió en su pedido que finalmente fue atendido por la Corte Provincial de Justicia, el pasado 8 de septiembre. El recurso planteado por el MAE fue aceptado y se logró endurecer la pena de 10 días a 6 meses de prisión correccional, con lo cual se deja sentado un histórico precedente en temas ambientales.

Estas sentencia reviste de legalidad pues los miembros de la sala expresaron su acuerdo en que el ciudadano Luis Alfredo O. es autor confeso del delito que se le imputa y a eso se suma el hecho de que el jaguar o pantera onca, es un felino predador de la Amazonía que cumple con la función de controlar y mantener los ecosistemas.

El Estado ecuatoriano, a través del Ministerio del Ambiente, continuará ejecutando acciones que permitan vigilar, promover y proteger la vida silvestre, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de los Derechos de la Naturaleza, como una forma efectiva de continuar con la construcción de un Ecuador verde.

Dirección de Comunicación

Ministerio del Ambiente


 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *