Cuatro años de prisión para dos ciudadanos por delito contra la vida silvestre en Quito

Cuatro años de prisión para dos ciudadanos por delito contra la vida silvestre en Quito

Boletín N° 193
16 de noviembre de 2022

  • En la provincia de Pichincha, en estos últimos diez meses, se ha realizado el rescate de 677 especies como: boas matacaballo, tortugas charapas grandes, pepinos de mar, armadillos, aves, entre otros.

La Unidad Judicial Penal de Quito, sentenció a dos ciudadanos por tenencia y comercialización de dos tortugas de patas rojas (Chelonoidis carbonarius). Los implicados deberán cumplir una pena privativa de libertad de cuatro años cada uno y el pago de una multa de diez salarios básicos unificados (4.250 dólares) que deberán pagar en partes iguales.

Por su parte, el personal del Sistema Nacional de Control Forestal y Vida Silvestre del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica realizaron la retención de las especies y comprobaron que las dos tortugas son nativas de las sabanas y bosques de Panamá, Guayanas, Brasil, Paraguay, entre otros países y no se encuentran distribuidas en el Ecuador, sin embargo, los reptiles están protegidos por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres – CITES, Apéndice II.

Los miembros de la Unidad de Investigación de Delitos Contra el Ambiente y Naturaleza – UNIDCAN de la Policía Judicial, quienes determinaron a los autores directos de este delito contra la vida silvestre, Kevin Daniel S. L. (con antecedentes penales) y Jennifer Jazmín L. L., establecieron que los sospechosos tenían en su poder a los especímenes, por lo que iniciaron con el proceso investigativo. Las tortugas fueron trasladadas al Vivarium de Quito en donde permanecen bajo observación.

El informe remitido por el perito designado por la Fiscalía General del Estado para la investigación del caso señaló que uno de los procesados tenía un dispositivo móvil con diferentes conversaciones relacionadas con la adquisición y venta de tortugas, loros, entre otras especies que eran exportadas sin permiso para su comercialización.

Al determinar la sentencia, amparada en el Código Orgánico Integral Penal – COIP, artículo 247 sobre delitos contra la flora y fauna silvestre que estipula de 1 a 3 años de prisión, los ciudadanos recibieron un tercio más de sanción según el COIP en los artículos 44 y 47 al haber encontrado circunstancias agravantes.

Esta cartera de Estado hace un llamado a la ciudadanía a reportar estas emergencias de vida silvestre al ECU 911 o presentar la denuncia en las oficinas de esta cartera de Estado, puesto que el tráfico y tenencia ilegal constituye una infracción penal. 

Dirección de Comunicación
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica