MAE aplica lineamientos para compensación por afectaciones socioambientales

El tratamiento de los daños causados por los derrames de Winchele y El Reventador constituye un hito histórico en la gestión de daños socioambientales relacionados a este tipo de catástrofes. Antes los operadores negociaban directamente con las comunidades las obras o indemnizaciones por los daños causados, sin un adecuado sustento técnico. Ahora, frente a estos eventos adversos, lo que el MAE procura es que se cumpla el Acuerdo 001 y con él se  pueda compensar en términos de justicia social y ambiental.

En ese sentido, el Ministerio del Ambiente (MAE), a través del Programa de Reparación Ambiental y Social (PRAS),  emprende las acciones necesarias para garantizar que los daños ocasionados por los derrames de petróleo producidos por diferentes causas en Ecuador, sean reparados.

El trabajo del PRAS se sustenta en el Acuerdo Interministerial 001 que fue firmado en el 2012 y que señala en su Art. 2 que es deber del Estado hacer cumplir “la aplicación de los lineamientos para la compensación por afectaciones socioambientales con relación a todas las actividades económicas estratégicas en las que los Ministerios del Ambiente y de Recursos Naturales No Renovables comparten competencias en el Control, que asegura una adecuada operación de dichas actividades y la conservación de los recursos naturales asociados a las mismas”.

El objetivo de este convenio es evitar las negociaciones poco claras y no relacionadas al daño ambiental o a las pérdidas de bienes y servicios ambientales generados. Así, es posible garantizar el pago justo de indemnizaciones a los afectados, en caso de que las medidas compensatorias emprendidas por la empresa  responsable no fueran suficientes.

En el acuerdo se especifica el proceso a seguir en caso de derrames: “cuando se detecta un evento (accidente) se activa el plan de contingencia para luego realizar una caracterización y valoración de los daños a los componentes ambientales y sociales. Una vez que el daño está valorado, se deberá generar el plan de restauración integral el cual deberá desarrollar las acciones de remediación, compensación e indemnización. El cálculo de la compensación o de los montos de la indemnización deberá hacerse tomando como referencia los criterios metodológicos desarrollados por el MAE, a través del PRAS. La metodología del PRAS considera diferentes tipos de afectación: al ecosistema, a bienes y servicios, al nivel de protección y seguridad de infraestructura, a la salud y al patrimonio intangible.

Hasta la semana pasada, no se sabía con exactitud hasta donde había avanzado la mancha de petróleo, por lo que un equipo del MAE-PRAS recorrió las riberas de los ríos Coca y Napo, siguiendo la Ruta El Reventador-Coca Codo Sinclair-Nuevo Rocafuerte.

Una vez que se han recabado pruebas que evidencian la magnitud del daño, el PRAS  está trabajando en una evaluación ecológica rápida para determinar las acciones que deberá emprender la EP Petroecuador en la etapa de remediación y para garantizar la no repetición del daño. Posteriormente, se realizará la valoración económica del daño que determinará si los afectados deberán recibir indemnizaciones.

Cabe resaltar que en el caso del derrame del SOTE, el MAE está replicando la metodología utilizada en el derrame del OCP, producido en Winchele, Esmeraldas en abril de este año. En ese caso, el PRAS capacitó a una consultora contratada por OCP para que valore los daños ambientales y sociales. Además, el MAE se aseguró de que los avances en el proceso de compensación sean socializados con los miembros de la comunidad afectada.


 

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