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PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN  
  
Evaluación de Impactos Ambientales  

DR. ALFREDO PALACIOS GONZÁLEZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que mediante Decreto No. 3399 publicado en el Registro Oficial No. 725 del 16 de diciembre del 2002, se expidió el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, donde se establece en su Art. 2 de la derogatoria de varias normas secundarias entre las cuales el decreto Ejecutivo No. 1802 publicado en el Registro Oficial No. 456 del 7 de junio de 1994, que contenía las Políticas Básicas Ambientales del Ecuador.

...Más

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 3516 publicado en el Registro Oficial No. 2 Edición Especial, de fecha 31 de marzo del 2003, se dispone la inmediata publicación en el Registro Oficial del Texto Unificado de Legislación Secundaria del ministerio del Ambiente, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3399, publicado en el Registro Oficial No. 725 de 16 de diciembre de 2002; ratificándose la plena vigencia y aplicabilidad del Texto Unificado;

Que no obstante la expidición del indicado decreto, el Texto Unificado no se publicó en su entegridad omitiéndose las Políticas Ambientales, aunque en el índice del mismo sí es incluido; sin embargo se viene aplicando en el Ministerio del Ambiente;

Que es imprescindible publicar en el Registro Oficial la totalidad del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente y convalidar las decisiones adoptadas en su aplicación;

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 9 del artículo 171 de la Constitución Política de la República y el literal f) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

DECRETA

Art. 1.- Disponer la inmediata publicación en el Registro Oficial de las Políticas Básicas Ambientales del Ecuador dentro del Título Preliminar del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria Ambiental, que a continuación se establecen:

TITULO PRELIMINAR

DE LAS POLÍTICAS BÁSICAS AMBIENTALES DEL ECUADOR

Art. 1.- Establécense las siguientes Políticas Básicas Ambientales del Ecuador:  

Políticas básicas ambientales del Ecuador

1.- Reconociendo que el principio fundamental que debe trascender el conjunto de políticas es el compromiso de la sociedad de promover el desarrollo hacia la sustentabilidad;  

La sociedad ecuatoriana deberá observar permanentemente el concepto de minimizar los riesgos e impactos negativos ambientales mientras se mantienen las oportunidades sociales y económicas del desarrollo sustentable  

2.- Reconociendo que el desarrollo sustentable sólo puede alcanzarse cuando sus tres elementos lo social, lo económico y lo ambiental son tratados armónica y equilibradamente en cada instante y para cada acción. 

Todo habitante en el Ecuador y sus instituciones y organizaciones públicas y privadas deberán realizar cada acción, en cada instante, de manera que propenda en forma simultánea a ser socialmente justa, económicamente rentable y ambientalmente sustentable. 

3.- Reconociendo que la gestión ambiental corresponde a todos en cada instante de la vida y que nadie puede sustituir la responsabilidad de cada quien en esta gestión en su campo de actuación:  

Mediante la coordinación a cargo del Ministerio del Ambiente, a fin de asegurar la debida coherencia nacional, las entidades del sector público y del sector privado en el Ecuador, sin perjuicio de que cada una deberá atender el área específica que le corresponde, contribuirán, dentro del marco de las presentes políticas, a identificar, para cada caso, las políticas y estrategias específicas, las orientaciones y guías necesarias a fin de asegurar por parte de todos una adecuada gestión ambiental permanentemente dirigida a alcanzar el desarrollo sustentable, así como colaborarán en los aspectos necesarios para lograr que cada habitante del Ecuador adecue su conducta a este propósito. 

4.- Reconociendo que el ambiente tiene que ver con todo y está presente en cada acción humana:  

Las consideraciones ambientales deben estar presentes, explícitamente, en todas las actividades humanas y en cada campo de actuación de las entidades públicas y privadas, particularmente como parte obligatoria e indisoluble de la toma de decisiones; por lo tanto, lo ambiental no deberá ser considerado en ningún caso como un sector independiente y separado de las consideraciones sociales, económicas, políticas, culturales y en general, de cualquier orden. Esto sin perjuicio de que, por razones puramente metodológicas, deban hacerse análisis y capacitaciones sobre llamados "temas ambientales". 

5.- Reconociendo que cada asunto relativo a la gestión ambiental tiene varios actores importantes, directamente vinculados o con particulares intereses en ellos:  

La gestión ambiental en el Ecuador se fundamentará básicamente en la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación y la coordinación entre todos los habitantes del Ecuador, dirigidas a garantizar el desarrollo sustentable, en base al equilibrio y la armonía entre lo social, lo económico y lo ambiental. Criterios similares, guiarán al Ecuador en sus relaciones con los demás países y pueblos del mundo a fin de que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción y competencia o fuera de ella no perjudiquen a otros Estados y zonas sin jurisdicción, ni tampoco que sea perjudicado por acciones de otros. Particular mención hace a su decisión de propender a la cogestión racional y sostenible de recursos compartidos con otros países. 

6.- Reconociendo que, sin perjuicio de necesarios y aconsejables complementos y sistematizaciones jurídicos e institucionales, existen suficientes leyes e instituciones en el Ecuador para realizar y mantener una adecuada gestión ambiental, pero que las leyes y regulaciones se cumplen sólo parcialmente y que muchas instituciones atraviesan por crisis en varios órdenes:  

Deberá efectuarse un especial esfuerzo nacional para aplicar efectiva y eficientemente las leyes y regulaciones existentes, así como para aprovechar las capacidades institucionales del país, procurando sistematizarlas y fortalecerlas. Todo esto tendiente a garantizar la adecuada gestión ambiental que el país requiere. 

7.- Reconociendo que, si bien es responsabilidad  de cada habitante en el Ecuador efectuar permanentemente la gestión adecuada que le corresponde, es conveniente que se incentive aquello:  

El Estado Ecuatoriano propenderá al establecimiento de incentivos de varios órdenes para facilitar el cumplimiento de regulaciones o para la aplicación de iniciativas propias de los habitantes del Ecuador o de sus organizaciones, tendientes a lograr la adecuada gestión ambiental en el país, por ejemplo, privilegiando actividades productivas y otras enmarcadas en tecnologías y procedimientos ambientalmente sustentables. 

8.- Reconociendo que, si bien la participación en apoyo a programas y proyectos de promoción y ayuda para la adecuada gestión ambiental en el país corresponde a todos los habitantes en el Ecuador, mediante una real participación democrática a todo nivel, es necesario impulsar la presencia y efectiva participación de grupos humanos que, por diversas razones históricas, no han sido actores muy directos de decisiones y acciones de interés nacional:  

El Estado Ecuatoriano promoverá y privilegiará la participación, como ejecutores y beneficiarios, en programas y proyectos tendientes a lograr la adecuada gestión ambiental en el país de la sociedad nacional, a través de organizaciones no públicas, de grupos menos favorecidos, de la mujer, de los niños y los jóvenes de organizaciones que representen a minorías, poblaciones indígenas y sus comunidades, trabajadores, sus sindicatos y organizaciones clasistas, empresarios y sus empresas y organismos, agricultores y trabajadores del campo, comunidad científica y tecnológica. 

9.- Reconociendo que es necesaria la promoción del conocimiento y de las experiencias sobre el medio ambiente, las ciencias y aspectos relacionados con él, así como respecto a su gestión: 

El Estado Ecuatoriano asignará la más alta prioridad, como medios para la gestión ambiental a: la educación y capacitación ambientales, como partes integradas a todas las fases, modalidades y asignaturas de la educación formal e informal y la capacitación generales; la información en todas sus modalidades; y, la ciencia y tecnología, privilegiado la investigación y aplicación de tecnologías endógenas y la adaptación conveniente de las provenientes del exterior. Así mismo, impulsará el establecimiento de un sistema permanente de ordenamiento territorial como herramienta necesaria para promover el desarrollo sustentable y, por lo tanto, para la gestión ambiental adecuada. 

10.- Reconociendo que los asuntos ambientales y sus problemas tienen carácter global y que, por lo tanto, sólo la atención y trabajo mancomunado de todos los pueblos de la Tierra puede permitir afrontarlos y solucionarlos con éxito, sin alterar el principio de que los países tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su política ambiental:  

El Ecuador mantendrá una permanente actitud de apertura para convenir con otros países, a niveles bilateral, subregional, regional o mundial, formas de cooperación y compromisos tendientes a lograr la gestión ambiental adecuada y a asegurar los beneficios que se busquen en conjunto; así mismo, pondrá especial empeño y asignará muy alta prioridad al cumplimiento oportuno y eficiente de lo que establezcan convenios, tratados o cualquier forma de compromisos internacionales para el efecto, en los que el Ecuador participe. 

11.- Reconociendo que el ambiente y sus regulaciones jurídicas deben afrontarse de forma integral, pero que es conveniente enfatizar en la prevención y control con la finalidad de evitar la ocurrencia de daños ambientales:  

Sin perjuicio de afrontar los asuntos ambientales en forma integral, incluyendo sus regulaciones jurídicas, se dará especial prioridad a la prevención y control a fin de evitar daños ambientales provenientes de la degradación del ambiente y de la contaminación, poniendo atención en la obtención de permisos previos, límites de tolerancia para cada sustancia, ejercicio de la supervisión y control por parte del Estado en las actividades potencialmente degradantes y/o contaminantes. La degradación y la contaminación como ilícitos (una vez que sobrepasen los límites de tolerancia) serán merecedoras de sanciones para los infractores, a la vez que su obligación de reparación de los daños causados y de restauración del medio ambiente o recurso afectado. 

12.- Reconociendo que el deficiente mantenimiento de la calidad de los equipamientos y servicios y, en general, del hábitat humano, y la ineficiencia en actividades económicas y en servicios contribuyen en buena medida al deterioro ambiental y a la pérdida de la calidad de vida: 

Las entidades públicas y privadas y los habitantes del Ecuador, en general, asignarán una prioridad especial al mantenimiento de la calidad de los equipamientos y servicios, así como las condiciones generales del hábitat humano. De igual manera, la eficiencia será un concepto predominante en todas las actividades productivas y de servicios. 

13.- Reconociendo que una herramienta efectiva para la prevención del daño ambiental es la obligación, por parte del interesado, del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y de la propuesta de Programa de Mitigación Ambiental (PMA), para cada caso, acompañando a los solicitudes de autorización para realizar actividades susceptibles de degradar o contaminar el ambiente, que deben someterse a la revisión y decisión de las autoridades competentes:  

El Estado Ecuatoriano establece como instrumento obligatorio previamente a la realización de actividades susceptibles de degradar o contaminar el ambiente, la preparación, por parte de los interesados a efectuar estas actividades, de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y del respectivo Programa de Mitigación Ambiental (PMA) y la presentación de éstos junto a solicitudes de autorización ante las autoridades competentes, las cuales tienen la obligación de decidir al respecto y de controlar el cumplimiento de lo estipulado en dichos estudios y programas a fin de prevenir la degradación y la contaminación, asegurando, además, la gestión ambiental adecuada y sostenible. El Estudio de Impacto Ambiental y el Programa de Mitigación Ambiental deberán basarse en el principio de lograr el nivel de actuación más adecuado al respectivo espacio o recurso a proteger, a través de la acción más eficaz. 

14.- Reconociendo que algunas compañías nacionales y extranjeras se han caracterizado por una doble moral en sus actividades en el Ecuador y por el uso de diferentes parámetros tecnológicos que afecten negativamente a la sociedad y al medio ambiente: 

El Estado Ecuatoriano exigirá que las compañías extranjeras, nacionales subsidiarias de compañías transnacionales y nacionales en general observen en el Ecuador un comportamiento tecnológico en relación al medio ambiente, al menos con los más altos parámetros y requisitos de sus países de origen, para el caso de compañías extranjeras y transnacionales, sin perjuicio del cumplimento de las regulaciones nacionales pertinentes por parte de todas las compañías. 

15.- Reconociendo que se han identificado los principales problemas ambientales, a, los cuales conviene dar un atención especial en la gestión ambiental, a través de soluciones oportunas y efectivas;  

El Estado Ecuatoriano, sin perjuicio de atender todos los asuntos relativos a la gestión ambiental en el país, dará prioridad al tratamiento y solución de los siguientes aspectos reconocidos como problemas ambientales prioritarios del país: 

  • La pobreza, (agravada por el alto crecimiento poblacional frente a la insuficiente capacidad del Estado para satisfacer sus requerimientos, principalmente empleo).
  • La erosión y desordenado uso de los suelos.
  • La deforestación.
  • La pérdida de la biodiversidad y recursos genéticos.
  • La desordenada e irracional explotación de recursos naturales en general.
  • La  contaminación creciente de aire, agua y suelo.
  • La generación y manejo deficiente de desechos, incluyendo tóxicos y peligrosos.
  • El estancamiento y deterioro de las condiciones ambientales urbanas.
  • Los grandes problemas de salud nacional por contaminación y malnutrición.
  • El proceso de desertificación y agravamiento del fenómeno de sequías.
  • Los riesgos, desastres y emergencias naturales y ambientales.

16.- Reconociendo que se han identificado áreas geográficas en el Ecuador en las que existen problemas ambientales agudos, en las cuales es necesario concentrar especiales esfuerzos para solucionar dichos problemas. 

El Estado Ecuatoriano, sin perjuicio de atender todo el territorio nacional contribuyendo a solucionar problemas ambientales y procurando alcanzar la gestión adecuada que el país requiere, dará prioridad al tratamiento y solución de los problemas ambientales que afectan o amenazan a las siguientes regiones geográficas:  

  • Bosques de nor-occidente del país (prolongación del Bosque del Chocó, Esmeraldas).
  • Ecosistemas de manglares en la Costa ecuatoriana.
  • Bosques de las estribaciones exteriores de los Andes ecuatorianos.
  • Selva amazónica ecuatoriana.
  • Región del Archipiélago Galápagos.
  • Golfo de Guayaquil.
  • Ciudades de Quito, Guayaquil, Cuenca, Ambato, Esmeraldas, Santo Domingo de los Colorados, Quevedo, Babahoyo, Machala, Portoviejo y Lago Agrio (Nueva Loja)
  • Zonas agrícolas andinas con importantes procesos erosivos.
  • Sistemas lacustres.

17.- Reconociendo que todas las actividades productivas son susceptibles de degradar y/o contaminar y que, por lo tanto, requieren de acciones enérgicas y oportunas para combatir y evitar la degradación y la contaminación, hay algunas que demandan de la especial atención nacional por los graves impactos que están causando al ambiente nacional. 

Sin perjuicio de propender a que todas las actividades productivas que se efectúen en territorio ecuatoriano y en las áreas marinas bajo su soberanía y control, económico se realicen combatiendo y evitando la degradación y/o la contaminación ambiental, se dará especial atención con este propósito a las siguientes:  

  • Todas las actividades hidrocarburíferas (exploración, producción, transporte, industrialización).
  • Todas las actividades mineras (particularmente respecto al oro).
  • Pesca.
  • Agroindustrias grandes en medios ecológicos delicados (Amazonía y otros).
  • Producción agrícola con alta tecnología (uso de fertilizantes, pesticidas y químicos, en general).
  • Industrias generadoras de desechos peligrosos y tóxicos en las principales ciudades del país y en ciertos sectores rurales.
  • Industrias generadoras de emanaciones contaminantes y de emanaciones que afectan a cambios climáticos y a la capa de ozono.
  • Sector Transporte de servicio público y privado.

  
Licencias Ambientales  

AÑO 2002

Resolución 001
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Resolución 035
  Resolución 035 2004 1
  Resolución 035 2004 2
  Resolución 035 2004 3
  Resolución 035 2004 4
  Resolución 035 2004 5
  Resolución 035 Definitiva
Resolución 036
  Resolución 036 2004 1
  Resolución 036 2004 2
  Resolución 036 2004 3
  Resolución 036 2004 4
  Resolución 036 2004 5
  Resolución 036 2004 6
  Resolución 036 Definitiva
Resolución 037
  Resolución 037 2004 1
  Resolución 037 2004 2
  Resolución 037 2004 3
  Resolución 037 2004 4
  Resolución 037 2004 5
  Resolución 037 2004 6
  Resolución 037 2004 7
  Resolución 037 Definitiva
Resolución 045
  Resolución 045 2004 1
  Resolución 045 2004 2
  Resolución 045 2004 3
  Resolución 045 2004 4
  Resolución 045 2004 5
  Resolución 045 2004 6
  Resolución 045 2004 7
  Resolución 045 2004 8
  Resolución 045 2004 9
  Resolución 045 2004 10
  Resolución 045 Definitiva
Resolución 073
  Resolución 073 2004 1
  Resolución 073 2004 2
  Resolución 073 2004 3
  Resolución 073 2004 4
  Resolución 073 2004 5
  Resolución 073 2004 6
  Resolución 073 Definitiva
Resolución 085
  Resolución 085 2004 1
  Resolución 085 2004 2
  Resolución 085 2004 3
  Resolución 085 2004 4
  Resolución 085 2004 5
  Resolución 085 2004 6
  Resolución 085 Definitiva
Resolución 086
  Resolución 086 2004 1
  Resolución 086 2004 2
  Resolución 086 2004 3
  Resolución 086 2004 4
  Resolución 086 2004 5
  Resolución 086 Definitiva
Resolución 089
  Resolución 089 2004 1
  Resolución 089 2004 2
  Resolución 089 2004 3
  Resolución 089 2004 4
  Resolución 089 2004 5
  Resolución 089 2004 6
  Resolución 089 Definitiva
Resolución 090
  Resolución 090 2004 1
  Resolución 090 2004 2
  Resolución 090 2004 3
  Resolución 090 2004 4
  Resolución 090 2004 5
  Resolución 090 2004 6
  Resolución 090 Definitiva
Resolución 091
  Resolución 091 2004 1
  Resolución 091 2004 2
  Resolución 091 2004 3
  Resolución 091 2004 4
  Resolución 091 2004 5
  Resolución 091 2004 6
  Resolución 091 2004 Definitiva sin normas
Resolución 092
  Resolución 092 2004 1
  Resolución 092 2004 2
  Resolución 092 2004 3
  Resolución 092 2004 4
  Resolución 092 2004 5
  Resolución 092 2004 6
  Resolución 092 2004 7
  Resolución 092 Definitiva
Resolución 108
  Resolución 108 2004 1
  Resolución 108 2004 2
  Resolución 108 2004 3
  Resolución 108 2004 4
  Resolución 108 2004 5
  Resolución 108 Definitiva
Resolución 110
  Resolución 110 2004 1
  Resolución 110 2004 2
  Resolución 110 2004 3
  Resolución 110 2004 4
  Resolución 110 2004 5
  Resolución 110 2004 6
  Resolución 110 Definitiva
Resolución 112
  Resolución 112 2004 1
  Resolución 112 2004 2
  Resolución 112 2004 3
  Resolución 112 2004 4
  Resolución 112 2004 5
  Resolución 112 2004 6
  Resolución 112 2004 Definitva sin normar
  Resolución 112 Definitiva
Resolución 130
  Resolución 130 2004 1
  Resolución 130 2004 2
  Resolución 130 2004 3
  Resolución 130 Definitiva
Resolución 131
  Resolución 131 2004 1
  Resolución 131 2004 2
  Resolución 131 2004 3
  Resolución 131 2004 4
  Resolución 131 2004 5
  Resolución 131 Estractora Palmeras de los Andes
Resolución 142
  Resolución 142 2004 1
  Resolución 142 2004 2
  Resolución 142 Definitiva
Resolución 150
  Resolución 150 2004 1
  Resolución 150 2004 2
  Resolución 150 2004 3
  Resolución 150 2004 4
  Resolución 150 2004 5
  Resolución 150 2004 6
  Resolución 150 Definitiva
Resolución 151
  Resolución 151 2004 1
  Resolución 151 2004 2
  Resolución 151 2004 3
  Resolución 151 2004 4
  Resolución 151 2004 5
  Resolución 151 2004 6
  Resolución 151 Definitiva

AÑO 2005
AÑO 2006

Gestión de la producción limpia  

PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA

- La gestión del Ministerio del Ambiente siempre estará conducida a formar parte de procesos encaminados al Desarrollo Sostenible del país.

- La prevención considerada como un principio de gestión en cualquier sector de la economía social y económica representa una dimensión fundamental que evita el riesgo, la contaminación y hasta la pérdida económica.

- El proceso Producción más Limpia en el Ministerio, tiene respaldo jurídico en la Constitución del Estado, en la Ley de Gestión Ambiental, en la Ley de Ciencia y Tecnología y sobre todo su respaldo se fundamenta en los principios emitidos en la Cumbre de Río 1992 para la consecución del Desarrollo Sostenible.

...Más

- Producción más limpia, de acuerdo a la UNEP , es "la aplicación continua de una estrategia ambiental, preventiva e integrada en los procesos productivos, los productos y los servicios, para reducir los riesgos relevantes a los humanos y el medio ambiente".

- En el caso de los procesos productivos se orienta hacia la conservación de materias primas y energía la eliminación de materias primas tóxicas y la reducción de la cantidad y toxicidad de todas las emisiones contaminantes y de los desechos. En el caso de los productos se orienta a la reducción de los impactos negativos que acompañan el ciclo de vida del producto, desde la extracción de materias primas hasta su disposición final. En los servicios se orienta hacia la incorporación de la dimensión ambiental, tanto en el diseño como en la presentación de los mismos.

- El Ministerio del Ambiente ha propuesto Líneas de Política en Producción más Limpia, las mismas que se enmarcan en una estrategia apoyada en su elaboración con el proyecto ( Banco Interamericano de Desarrollo y Centro Ecuatoriano de Producción más Limpia) BID - CEPL cuyo objetivo en su aplicación, será la disminución del nivel de contaminación.

- Las líneas de Política y la Estrategia han tenido varios acercamiento en las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca; el proceso de difusión para la futura promulgación continúa, gracias a proyectos como el de los Países Bajos, el de Auto evaluación Nacional de Cambio Climático, el de contaminantes Orgánicos Persistentes.

Este proceso, direcciona todas sus actividades a la obtención de un Ecuador más Limpio y Competitivo (EmLC) como un eslogan de desarrollo y un objetivo de Ministerio.

- El proceso de Producción más Limpia pretende:

•  Generar y consolidar una masa crítica de actores públicos y privados que produzcan en forma limpia.

•  Declarar como prioridad nacional el prevenir y minimizar la contaminación en su origen, bajo el concepto de ciclo de vida del producto.

•  Destacar como instrumento, la transferencia de tecnología para la disminución de los Gases Efecto Invernadero (GEI).

•  Fomentar el desarrollo de un sistema de tratamiento de envolturas y recipientes descartables.

•  Apoyar al consejo Nacional de Competitividad.

•  Promover convenios de Producción más Limpia entre el estado y las entidades ejecutoras, Entidades Seccionales, Organizaciones no gubernamentales y los sectores de Producción y de Servicio.

DIAGNOSTICO BASE PARA EL DESARROLLO DE POLITICA Y ESTRATEGIA NACIONAL DE PRODUCCIÓN MAS LIMPIA (1335 Kb .pdf)

CONTACTOS

Ing Irma Suarez G.

mail: isuarez@ambiente.gov.ec


  
Monitoreo y Control Ambiental  

DESCRIPCIÓN GENERAL

El Monitoreo y Control de la Contaminación Ambiental se constituye en un mecanismo para el seguimiento de las acciones que a cualquier nivel se tomen, para precautelar la calidad ambiental en el desarrollo de las actividades socioeconómicas en el ámbito nacional, en concordancia con la aplicación del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, ejecución de las Políticas Nacionales de Residuos Sólidos, Reglamento para la Prevención y Control de la contaminación por Desechos Peligrosos, Anexos 1, 2 , 3, 4, 5, 6 y 7 .

...Más

SUBPROCESO 1

SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN A DENUNCIAS AMBIENTALES

Conducir las denuncias ambientales que llegan al Ministerio del Ambiente, a nivel nacional. Según los casos, la atención se efectúa por los funcionarios del Proceso, con la realización de visitas de campo, reuniones con los involucrados, etc.

SUBPROCESO 2

DIFUSIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGLAMENTO A LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL

La difusión especialmente dirigida a los gobiernos locales y seccionales para el conocimiento del referido Reglamento a fin de que se ejecute su aplicación dentro de sus competencias y jurisdicciones. Adicionalmente se ha difundido a entidades privadas y profesionales que lo han requerido. La Base Legal es el decreto Ejecutivo No. 3399, R.OF. 725 del 16 de diciembre 2002.

Titulo IV del libro VI (266 Kb .pdf) del Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria

SUBPROCESO 3

CALIDAD DEL AIRE

Generación de las políticas y estrategias nacionales para la gestión del recurso aire,

Desarrollo del Plan Nacional de la Calidad del Aire y su implementación.

Ejecución del Proyecto de Calidad del Aire fase II en coejecución con la Fundación Natura con el auspicio de la COSUDE

DOCUMENTOS DISPONIBLES

- Diagnóstico Preliminar Gestión de la Calidad del Aire-Ecuador /OPS-MAE web: http://www.cepis.ops-oms.org ; Calidad del Aire .

- Lineamientos Generales de la Política Nacional de la Calidad del Aire -Ecuador /OPS- MAE

- Estudio legal institucional de las competencias en prevención y control de la contaminación atmosférica. MAE-Fundación Natura

SUBPROCESO 4

CONVENIO DE BASILEA

El Convenio de Basilea sobre el control de los Movimientos Transfronterizos de los desechos Peligrosos y su Eliminación establece un mecanismo armonizado internacionalmente para controlar los movimientos transfronterizos de estos desechos. Fue adoptado por 116 Estados el 22 de marzo de 1989. Entro en vigor el 5 de mayo de 1992, cuando 20 Estados lo ratificaron.

El Convenio de Basilea, entra en vigencia en el país a partir de su ratificación, el 23 de febrero de 1993, publicado en el Registro oficial No. 432 de 3 de mayo de 1994.

La Autoridad Competente del país para el Convenio de Basilea, es la Subsecretaría de Calidad Ambiental, según decreto...... ,su aplicación y ejecución se conduce a través de la Dirección de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Proceso de Monitoreo y Control Ambiental, de la misma Subsecretaría.

Nota: crear link con pag. web del Convenio de Basilea

SUBPROCESO 5

GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

En ejecución de la Ley de Gestión Ambiental y la aplicación del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, de las Políticas Nacionales de Residuos Sólidos; Reglamento para la Prevención y Control de la contaminación por Desechos Peligrosos; Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos y Comité de Coordinación, Cooperación Interinstitucional para la Gestión de Residuos.

DOCUMENTOS DISPONIBLES

- Análisis Sectorial de residuos sólidos Ecuador

Este documento está disponible para ser consultado en la siguiente pagina web : http://www.cepis.ops-oms.org residuos sólidos; Análisis Sectoriales.

OTROS

Unidad de Monitoreo y Control Ambiental, en base a su experticia colabora y apoya en diferentes campos de acción de los otros procesos y dependencias del Ministerio.

CONTACTOS

Isabel Guerra iguerra@ambiente.gov.ec

Alfonso Vélez avelez@ambiente.gov.ec


  
Control de Productos Químicos Peligrosos  

INFORMACION GENERAL

El tema de la Gestión de Productos Químicos Peligrosos en el Ecuador se inició a partir de 1992 cuando Fundación Natura publicó el estudio "Manejo de Productos Químicos Peligrosos y Plaguicidas en el Ecuador", que constituye un diagnóstico global de la realidad ecuatoriana en cuanto al manejo de los productos químicos en todas sus fases.

Ante las conclusiones de este estudio y en respuesta a las necesidades nacionales de contar con un sistema que asegure el uso y manejo adecuado de productos químicos así como también fortalecer la participación del país en los convenios internacionales que en esta materia el Ecuador es suscriptor, en 93 y por iniciativa del Ministerio de Agricultura y Ganadería se conforma el Comité Consultivo ad- hoc de Sustancias Químicas, el cual Funcionó hasta mediados de 1996.

El Comité Consultor contó con la participación de entidades gubernamentales y no gubernamentales: Uno de los trabajos más relevantes de este comité fue la preparación de un perfil preliminar para el uso y manejo de productos químicos, resultado del cual se vio la necesidad de disponer de una herramienta jurídica nacional que viabilice este proceso. Estos hechos hacen imprescindible establecer un marco jurídico mediante el cual se cree un organismo específico que se encargue de su control, así como el establecimiento de las responsabilidades de los importadores, fabricantes, transportistas usuarios y otros que manejan directamente estos productos.

En 1996 con la creación del Ministerio del Ambiente y posteriormente con la Creación del Régimen Nacional de Gestión de Productos Químicos Peligrosos ( Decreto Ejecutivo Nº . 212 del 15 de octubre de 1998), se establece en su estructura orgánica el Proceso de Control de Productos Químicos Peligrosos, responsable de la implementación del Régimen.

El régimen fue modificado en marzo de 2003 y consta dentro del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. El objetivo del Régimen es controlar las sustancias químicas peligrosas, durante todo su ciclo de vida; y, propender de esta manera a incrementar la seguridad química del país. Establece como Autoridad Máxima en la Gestión de los Productos Químicos Peligrosos al Comité Nacional. La Secretaría Técnica de Gestión de Productos Químicos Peligrosos es el ente ejecutor de las resoluciones del Comité Nacional .

EJECUCION DEL PROYECTO PILOTO " DESARROLLO DE UN PLAN NACIONAL PARA LA IMPLEMENTACION DEL CONVENIO DE ROTTERDAM EN EL ECUADOR"

Documentos como producto del mencionado Proyecto:

•Valoracion de las Capacidades Nacionales para la Implementación del Convenio de Rótterdam y Análisis de Debilidades y Carencias Potenciales.

• Sumario Ejecutivo "Plan Nacional para la Implementación del Convenio de Rótterman en Ecuador"

 
...Más

NORMATIVA

•  Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos D.E No. 212 , R.O No. 47 del 15 de octubre de 1998 . (derogado).

•  Organización de la Secretaría Técnica Permanente del Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligoros, Acuerdo Ministerial NO. 14 del 3 de diciembre de 1998.

•  Acuerdo Ministerial No. 046, R.O No. 324 d el 11 de mayo del 2000, en el cual se establecen los listados de productos químicos peligrosos a ser controlados por el Ministerio del Ambiente y productos químicos peligrosos a ser prohibidos (derogado).

•  Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (D. E. No. 3516, R.O. Edición Especial No. 2, 31 de marzo de 2003. (En vigencia)

Libro VI. DE LA CALIDAD AMBIENTAL

Título VI. Reforma al Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos. ( Libro VI )

Anexo 7. Listados Nacionales de Productos Químicos Prohibidos, Peligrosos y de Uso Severamente Restringido que se utilicen en el Ecuador. ( Libro VI )

PRINCIPALES ACTIVIDADES

•  Operativización del Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos

•  Elaboración y promulgación de normativa sobre Productos Químicos

•  Capacitación y Asistencia Técnica

•  Informe Técnico del Ministerio del Ambiente para otorgar el Registro Unificado de Plaguicidas y productos de uso veterinario

•  Punto focal Nacional del IFCS www.who.int/ifcs/

•  Punto de Contacto de INFOCAP www.infocap.info

•  Seguimiento de Convenios Internacionales

•  Convenio de Rotterdam www.pic.int

•  Convenio de Estocolmo www.pops.int

•  Convenio de Basilea www.basel.int

•  Enfoque Estratégico para la Gestión Integral de las Sustancias Químicas a Nivel Internacional (SAICM) http://www.chem.unep.ch/saicm

PROYECTOS

•  Desarrollo y Mantenimiento de un Plan Nacional Integrado para la Gestión de Productos Químicos (Proyecto UNITAR/IOMC/MA-Ecuador MOC No. 2001G002)

Fecha de inicio: junio de 2001

Fecha de finalización: febrero de 2003

•  Desarrollo del Plan Nacional de Implementación para la Gestión de Contaminantes Orgánicos Persistentes en el Ecuador (GF/2732-02-4456)

•  Plan Nacional de Implementación para la gestión de los Contamianantes Orgánicos Persistentes en el Ecuador.

•  Análisis de riesgos a la salud y al ambiente por COPs.

•  Inventario PCBs

•  Inventario Dioxinas y Furanos

•  Inventario Plaguicidas COPs

•  Video COPs

•  Análisis de Situación y Estudio de Viabilidad para la Implementación de un Registro de Emisiones y Tranferencias de Contaminantes en Ecuador

DOCUMENTOS DISPONIBLES

•  Norma Técnica Ecuatoriana NTN INEN 2-266:2000 - Transporte, almacenamiento y manejo de Productos Químicos Peligrosos - Requisitos.

•  Norma Técnica Ecuatoriana NTN INEN 2-288:2000- Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de Precaución - Requisitos.

•  Guía de respuesta a emergencias químicas y toxicológicas.

•  Estudio de caso sobre la situación de los contaminantes orgánicos persistentes en Ecuador - Agosto de 2000

•  Levantamiento de Información sobre Respuesta a Emergencias Químicas en el Distrito Metropolitano de Quito - CETESB- Noviembre de 2006

CONTACTO

SECRETARÍA TÉCNICA DE GESTIÓN DE PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS.

mhernand@ambiente.gov.ec

pvillamar@ambiente.gov.ec

kpazmino@ambiente.gov.ec

Telefax: (593 - 2) 2523 269


  
Auditoría Ambiental  

Marco Legal

  • Ley de Gestión Ambiental
  • Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria TULAS
  • Libro VI de la Calidad Ambiental , Titulo I del Sistema Único de Manejo Ambiental SUMA
  • RAOH, RAAM Y RAAE

Periodicidad de las auditorías ambientales  

  • La primera vez al año de emitida la Licencia Ambiental y posteriormente cada dos años durante la vida útil de Proyecto (TULAS).
  • Al finalizar la obra o actividad del proyecto (meses)
  • Cada año para proyectos mineros (RAAM).
  • Cada dos años para proyectos hidrocarburíferos (RAOH).
  • Cada año para proyectos eléctricos (RAAE)
...Más
Auditoría ambiental.- Es el conjunto de métodos y procedimientos que tiene como objetivo la determinación de cumplimientos o conformidades e incumplimientos o no conformidades de elementos de la normativa ambiental aplicable y/o de un sistema de gestión, a través de evidencias objetivas y en base de términos de referencia definidos previamente.

En base a las Disposiciones Transitorias del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación , establece que Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no tienen un estudio de impacto ambiental aprobado, deberán presentar una Auditoría Ambiental Inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La Auditoria Ambiental Inicial debe incluir un plan de manejo ambiental, la AA inicial o EIA Ex post cubre la ausencia de un EIA.

Que de conformidad con la Ley de Gestión Ambiental y el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaría TULAS, especialmente el Libro VI de la Calidad Ambiental el Ministerio del Ambiente es responsable de

:•  Auditoría de Gestión a Instituciones acreditadas ante el Sistema Único de Manejo Ambiental SUMA)

.•  Revisión y evaluación de Auditoria Ambiental del cumplimiento (AAC) del Plan de Manejo Ambiental aprobado de proyectos de desarrollo sustentable que tienen de Licencia Ambiental.

•  Revisión y evaluación de Auditoria Ambiental Inicial ( AAI) o Estudio de Impacto Ambiental Expost (EIAexpost) de las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento

.•  Revisión y evaluación de los Términos de Referencia para la ejecución de las AAC y EIAexpost. Seguimiento, monitoreo y control del Plan de Acción del levantamiento de no conformidades establecidas en la Auditoría Ambiental al cumplimiento del PMA

  
Apoyo al Comité Nacional del Clima  

Las evidencias del cambio climático detectadas durante las ultimas décadas en el ámbito global, regional y nacional, así como las probables tendencias en el futuro mediato motivaron un importante avance en la toma de decisiones en los foros internacionales de Naciones Unidas. La creación del Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático (1988), la entrada en vigencia de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (1994) y la adopción del Protocolo de Kyoto (1997), marcan hitos importantes en la negociación internacional.

En el ámbito nacional, varios avances interesantes han sido logrados en los campos político, institucional y científico. Ecuador adoptó y ratificó la Convención y el Protocolo de Kyoto y presentó su Primera Comunicación Nacional. La creación del Comité Nacional sobre el Clima, mediante Decreto Ejecutivo de 1999, generó la institucionalidad básica responsable del cambio climático en el Ecuador. En el campo científico, el país ha desarrollado cerca de 50 estudios e investigaciones sobre como reducir emisiones y como adaptarnos al cambio climático.

El Comité Nacional sobre el Clima está conformado por el Ministerio del Ambiente (Presidente), Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Energía y Minas, CONESUP, CEDENMA, Cámaras de la Producción de la Costa , Cámaras de la Producción de la Sierra y el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Secretaría Permanente).

El Ministerio del Ambiente, conciente de la importancia de la difusión y socialización de la información, pone a disposición de los usuarios nacionales e internacionales este portal subdividido en Mercado del Carbono y Cambio Climático, destacando que esta división obedece a las características y génesis de estos procesos.

EL ECUADOR Y EL MERCADO DEL CARBONO

Ecuador, como un país miembro de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y Estado ratificante del Protocolo de Kyoto, promueve de manera intensa el mercado del carbono, como un medio eficaz para promover su desarrollo sustentable y apoyar a los países desarrollados en el cumplimiento de sus compromisos con el Protocolo de Kyoto

...Más

.


Para ello, el Ministerio del Ambiente, en su calidad de presidente del Comité Nacional sobre el Clima, ha impulsado una institucionalidad para el mercado del carbono conformada por la Autoridad Nacional para el Mecanismo de Desarrollo Limpio (AN-MDL) y la Corporación para la Promoción del Mecanismo de Desarrollo Limpio (CORDELIM).

La AN-MDL es la instancia nacional responsable de la regulación del MDL en el país, bajo procedimientos legalmente adoptados. Por decisión del Comité Nacional sobre el Clima, el Ministerio del Ambiente actúa como la AN-MDL y como tal ha sido registrada ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático

La CORDELIM , es responsable de la promoción del mercado del carbono en el país. Ha sido creada como una corporación de derecho privado sin fines de lucro, presidida por el Ministerio del Ambiente y conformada además por el Ministerio de Energía y Minas, la Federación Nacional de Cámaras de la Industria , la Federación Nacional de Cámaras de la Pequeña Industria , la Federación Nacional de Cámaras de Agricultura y el CEDENMA, que aglutina a ONGs nacionales del sector ambiental.


AUTORIDAD NACIONAL - MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO - AN - MDL

La creación de la AN-MDL obedece a uno de los requerimientos obligatorios establecidos por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, mediante la Decisión N° 17/CP7 de noviembre del 2001, para que un país en desarrollo pueda participar del Mecanismo de Desarrollo Limpio.

El Comité Nacional sobre el Clima, mediante decisión N° 1 CNC/2003 del 21 de abril del 2003 decidió designar al Ministerio del Ambiente como la AN-MDL. Consecuentemente, el Ministerio del Ambiente emitió el Acuerdo Ministerial N° 015 del 29 de Abril del 2003 y publicado en el Registro Oficial N° 86 del 21 de mayo del 2003, por el cual estableció la AN-MDL

La AN-MDL está conformada por dos instancias, la primera representativa con el Ministro el Ambiente como Presidente de la AN-MDL y la segunda, operativa integrada por el Coordinador de la AN-MDL y el Grupo Evaluador, que será conformado de acuerdo a las necesidades de evaluación de proyectos.

...Más

.De acuerdo con el Art. 3 del respectivo Acuerdo Ministerial, la AN-MDL tiene como principales competencias la representación nacional e internacional, la adopción de los procedimientos nacionales para la gestión de las propuestas de proyectos MDL, la emisión de las Cartas de Aprobación y/o Cartas de Respaldo a las propuestas que cumplan con los procedimientos adoptados, el establecimiento de los vínculos que sean pertinentes, el proponer actualizaciones y/o modificaciones a los procedimientos adoptados, etc.

La Guía para la Obtención de Cartas de Respaldo y/o Aprobación de Proyectos MDL, desataca información útil que puede direccionar a un proponente de proyecto en los procedimientos y requisitos que deben cumplir las propuestas MDL para ser evaluadas por la AN-MDL.

Con el fin de viabilizar los proceso de los proponentes y en consideración del estado de preparación de la propuesta MDL, la AN-MDL ha definido Procedimientos para la Emisión de Cartas de Respaldo , cuando la propuesta no está terminada, y Procedimiento para Carta de Aprobación, cuando la propuesta está culminada.

Los Procedimientos para la emisión de Cartas de Aprobación para Proyectos de Reducción de Emisiones se encuentran vigentes, diferenciando los de Pequeña Escala de aquellos que no se engloban en esta clasificación. En el futuro se adoptará los procedimientos para Proyectos MDL de Forestación y Reforestación .

De acuerdo con los procedimientos de la AN-MDL, las Propuestas de Proyectos MDL bajo Análisis estarán disponibles para consulta y emisión de comentarios de lo interesados. De igual manera, las Propuestas de Proyectos MDL con Cartas de Respaldo o Aprobación se mantendrán para consulta y seguimiento de los procesos.

La AN-MDL desarrollará un esfuerzo importante para entregar a los usuarios Información Relevante sobre el mercado del carbono y temas relacionados. Paralelamente, bajo el título Novedades se introducirá artículos, publicaciones, guías, noticias, etc. difundidas durante el mes, es decir este portal tendrá una actualización mensual.

También el usuario se mantendrá informado de Eventos nacionales e internacionales importantes que pueden ser de interés de los usuarios.

MINISTRO DEL AMBIENTE
PRESIDENTE DE LA AN-MDL



GESTIÓN AMBIENTAL LOCAL

 
 

El Estatuto Orgánico por Procesos del MAE vigente desde el 31 de julio de 2001(1) y adoptado a partir de la Reestructura Institucional, crea la Subsecretaría de Calidad Ambiental, con dos Direcciones:

•  Prevención y Control de la Contaminación; y,

•  Gestión Ambiental Local, DIGAL.

Este Estatuto considera tres niveles de responsabilidad y/o ámbitos de acción:

•  Define como competencia principal del Subsecretario de Calidad Ambiental "Administrar el Macroproceso: Dirección de la Gestión Ambiental, para asegurar el derecho de la población a disponer de agua sana, aire limpio y un suelo sano y productivo, a través del manejo descentralizado y participativo", integrado por los Procesos: Direccionamiento Estratégico, dentro del cual se encuentra el Subproceso Gestión Ambiental Local.

Como actividades de este Subproceso se señalan:

•  Directrices para la coordinación de la elaboración de los planes de educación, capacitación, difusión e investigación.

•  Aprobación de planes, programas e informes de evaluación de educación, capacitación, difusión e investigación de descentralización.

•  Aprobar planes de mejoramiento de la gestión de la calidad ambiental.

•  Directrices para la elaboración de la estrategia y planes de descentralización

•  Revisión de la estrategia de descentralización.

2 Asigna al Director Técnico de la Dirección Gestión Ambiental Local, DIGAL, la administración de los siguientes Procesos:

•  Mecanismos de coordinación educación, capacitación y difusión,

•  Mecanismos de coordinación de la investigación.

•  Planificar los procesos de descentralización de la Gestión Ambiental.

3 A la Dirección de Gestión Ambiental Local, le corresponde los siguientes procesos y subprocesos:

Proceso: Gestión Ambiental Local

Subprocesos:

•  Coordinar actividades de apoyo a la descentralización;

•  Coordinar la formulación y control de programas de educación, capacitación y difusión

•  Coordinar la formulación y control de programas de investigación.

(1)Estatuto Orgánico por Procesos, Ministerio del Ambiente, Resolución OSCIDI 2001-054 del 1 de julio

  
Subproceso: Coordinar Actividades de apoyo a la Descentralización  

El Subproceso de apoyo a la descentralización impulsa la formulación, coordinación e implementación de políticas y programas sobre la descentralización de competencias en calidad ambiental.

Para el fortalecimiento de la Gestión Ambiental, se ha partido del conocimiento situacional de los Gobiernos Locales, con este propósito en el año 2002 la DIGAL realizó una encuesta sobre temas puntuales:

•  Normativa ambiental

•  Estructura administrativa

•  Espacio social de participación

•  Planificación

•  Actividades ambientales y de control

•  Sistema de información

•  Asistencia técnica

•  Capacitación y apoyo político

...Más

La información ha sido procesada en una matriz de alcance nacional. Desde finales de 2004, se trabaja con los resultados de una encuesta cuyos insumos permitirán la construcción de indicadores de calidad ambiental.

De acuerdo al Estatuto Orgánico por Procesos , el Subproceso de apoyo a la descentralización, se encuentra encaminado a coordinar la elaboración e implementación de la estrategia y planes de descentralización de la gestión ambiental del MAE hacia los gobiernos seccionales.

Las actividades prioritarias que actualmente realiza son:

•  Operativización de las competencias ambientales del MAE transferidas a los gobiernos seccionales, en coordinación con la Comisión Interna de Descentralización. Mediante Acuerdo Ministerial(2), en junio de 2003 se conformó la Comisión Interna de Descentralización (CID) como ente asesor del Ministro en el proceso de descentralización, de la cual la DIGAL es miembro .

•  Análisis y procesamiento de solicitudes de acreditación por parte de los gobiernos sectoriales y locales;

•  Capacitación sobre descentralización a gobiernos locales, en coordinación con el Subproceso de Educación, Capacitación y Difusión;

•  Apoyo en la formulación de mecanismos para la desconcentración de la calidad ambiental en los Distritos Regionales del MAE, y;

•  Fortalecimiento a gobiernos locales en Gestión Ambiental.

(2) Acuerdo Ministerial 0096 de 31 de julio de 2003, se creó la Comisión Interna de Descentralización


  
Subproceso: Coordinar la Formulación y Control de Programas de Educación, Capacitación y Difusión y Difusión  

En el marco de los procesos de reforma del Estado (descentralización y desconcentración), lidera y apoya acciones de sensibilización y capacitación a los funcionarios del Ministerio del Ambiente y de otras instituciones públicas del país, orientadas al fortalecimiento de la gestión ambiental.

De igual forma, el Subproceso participa en el Programa de Apoyo de Corto Plazo de la Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente , auspiciado por el gobierno de Holanda, liderando los procesos de educación, capacitación y difusión, y apoyando la creación de unidades de calidad ambiental en los distritos regionales.

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En el ámbito de la Educación Formal y en el contexto del Convenio de Cooperación, suscrito entre el MAE y el MEC suscrito en diciembre del año 2000 y renovado en el mes de noviembre del año 2005, el Subproceso asume las siguientes actividades:

•  Participación en y liderazgo del Grupo Interinstitucional de Educación Ambiental(3)

•  Como parte del Grupo, elabora el Plan Ambiental para la Educación Básica y el Bachillerato, el cual ha sido validado en tres talleres regionales, que tuvieron come sede las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca, durante el mes de febrero del año 2006.

El Plan Nacional contiene:

Las políticas, y estrategias de educación ambiental a ser aplicadas en un plazo de 10 años; y,

•  Los planes, programas y proyectos prioritarios del Plan, a ser ejecutados en el mediano y largo plazos ( 4 y 10 años, respectivamente)

Para concluir la propuesta del Plan Nacional y contar con una propuesta de desarrollo curricular que permita incorporar y/o fortalecer la educación ambiental en la educación básica y el bachillerato, el Ministerio del Ambiente, contrató con fondos del Programa de Cooperación Holandesa a la Subsecretaría de Calidad Ambiental, los servicios de consultoría de la Corporación OIKOS.

A partir de la incorporación oficial del MAE en el Convenio de Cooperación Interinstitucional para el Programa de Educación Ambiental Marino Costera PEAMCO, administrado por la Dirección General de Intereses Marítimos, DIGEIM, desde el año 2000 este Subproceso:

•  Representa al MAE en el Comité Ejecutivo del PEAMCO.

•  Apoya en la coordinación de los Comités de Gestión Provinciales del PEAMCO creados en el año 2001, en los cuales actúa también un funcionario(a) de la Subsecretaría de Gestión Ambiental Costera y del Distrito Regional correspondiente.

•  Coejecuta procesos de educación ambiental formal, no formal e informal orientados a contribuir a la protección de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades costeras.

•  Desde el año 2004 se integran al PEAMCO las provincias de Pastaza y Orellana, y se amplía el ámbito de acción hacia las zonas fluviales de la amazonía.

Con el propósito de fortalecer la presencia de la Subsecretaría de Calidad Ambiental, en el Proyecto de Capacitación para el Manejo de Recursos Naturales Renovables, CAMAREN , el Subproceso de Educación, Capacitación y Difusión, participa activamente, en los últimos años, tanto en las reuniones periódicas de la Mesa Provincial de trabajo de Pichincha como en la Mesa Nacional del Foro de los Recursos Hídricos y, en los Encuentros Nacionales.

Como Punto Focal para el Ecuador de la Red Latinoamericana y del Caribe PNUMA, el Subproceso de Educación, Capacitación y Difusión se desenvuelve en el ámbito Regional, promoviendo la participación de universidades y profesionales ecuatorianos en eventos de formación y capacitación, auspiciados por la RED.

Igualmente, el Subproceso, representa al país en el Programa de Educación Ambiental para América Latina y el Caribe, PLACEA y el Programa de Educación para los países Andinos y Amazónicos, PANACEA, iniciativas en marcha que cuentan con el auspicio del PNUMA.

En cuanto a la Difusión , el Subproceso :

- Posibilita el acceso de estudiantes, profesores y público en general a bibliografía especializada sobre varios temas relativos al medio ambiente y desarrollo sustentable, en particular,

- Atiende consultas sobre educación ambiental y oportunidades de capacitación; y.

- Colabora con la Unidad de Comunicación del MAE en la organización Casas Abiertas y otros eventos efectuados por el Ministerio y Organismos nacionales e internacionales para la celebración de fechas alusivas al medio ambiente.

(3)Liderado por los Ministerios del Ambiente y Educación y constituido por delegados oficiales de los Ministerios de Defensa, Salud, y Turismo y, CEDENMA.


  
3.3 Subproceso: Coordinar la formulación y control de Programas de Investigación  

El Subproceso: Mecanismos de Coordinación de la Investigación , se desarrolla en la medida en que las instituciones con las cuales se relaciona, se insertan en las propuestas construidas por parte de quienes tienen la responsabilidad de conducir la investigación de la gestión ambiental; en consecuencia, por su naturaleza, se atiene a las características de la "investigación colaborativa", es decir, al aporte mancomunado de las diferentes instituciones, debido a que el gobierno escasamente destina recursos para el ejercicio de esta importante actividad.

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Aunque la investigación de la gestión ambiental en el MAE, está amparada por diversos cuerpos legales: Constitución de la República, Ley Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre, Ley de Gestión Ambiental, -por citar unos ejemplos-, no obstante carece de apoyo, posiblemente, porque no siempre está presente en las agendas de las altas autoridades del Ministerio. Ello determina la carencia de políticas, estrategias y de recursos necesarios para desarrollar la investigación, sea a nivel de planes, programas, proyectos, actividades o de acciones de cualquier índole.

La indiferencia hacia la investigación, llega a su mayor nivel cuando en los años 2001 y 2002, el entonces INEFAN y actual MAE, decide deshacerse de las tres estaciones experimentales de investigación: "Centro de Investigación Luciano Andrade Marín" en Pichincha, "La Chiquita" en Esmeraldas y "La Favorita" en Pichincha(4) .

Con el propósito de organizar la investigación, en el marco del Plan de la Dirección de Gestión Ambiental Local, se incorporó la planificación de la investigación, más esta propuesta, no ha contado ni con la aprobación ni con la objeción a la misma, por parte de las autoridades pertinentes.

La DIGAL, a través de la Unidad de Investigación, formuló el proyecto "Mecanismos de Coordinación de la Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Gestión Ambiental Local" , que fue difundido a las autoridades con miras a lograr su gestión. Dicho proyecto, pretende dar los lineamientos para desarrollar la investigación de la gestión ambiental con la participación interinstitucional.

En las propuestas que realiza el MAE sobre investigación -pese a que no lo contempla el Estatuto Orgánico por Procesos, incorpora el elemento "Desarrollo Tecnológico" esta inserción pretende concretar una investigación práctica y aplicada por lo beneficiarios y aspira permitir una mayor atención institucional al tema.

La organización de la investigación de la Gestión Ambiental, se sustenta en los lineamientos instituidos en la conformación de la "Mesa Nacional de Investigación" realizada el 26 de agosto de 2003(5). Como una derivación de la Mesa Nacional se formó un Equipo Base Interinstitucional para el manejo de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico de la Gestión Ambiental. Se ha realizado reuniones participativas de trabajo, con el fin de elaborar un diagnóstico de la investigación a nivel nacional y organizar la investigación en el Ecuador, bajo la tutela del MAE (Subproceso: mecanismos de Coordinación de la Investigación).

Por su parte, el Subproceso Mecanismos de Coordinación de la Investigación elaboró un diagnóstico de la investigación en el Ecuador y sistematizó la situación formal de la investigación ambiental, para contar con el sustento legal al momento de organizar y planificar la investigación y el desarrollo tecnológico de la gestión ambiental.

Un aporte sustancial de este Subproceso, está dado en el apoyo parcial al inicio y luego, en la coordinación -desde el segundo semestre de 2004- al Programa de Apoyo de Corto Plazo para la Gestión del Ministerio del Ambiente en el Área de Calidad Ambiental con los siguientes productos:

- Extracción y Sistematización de la parte legal, normativa y técnica relacionada a la investigación y desarrollo tecnológico a fin de determinar la situación legal de la investigación ambiental, para sustentar la organización y planificación de la investigación.

•  Reformulación del Marco Lógico del Programa, lo que permitió la "no objeción" por parte de la Embajada Real de Los Países Bajos.

•  Preparación de Términos de Referencia para la realización de las consultorías "Creación de Unidades de Calidad Ambiental en los Distritos Regionales del Ministerio del Ambiente "

- Preparación de términos de referencia: "Elaboración, Difusión e Inicio de Aplicación de Políticas y Estrategias de Calidad Ambiental, para ejecutar los proyectos enmarcados en el Programa".

- Participación en el equipo técnico de la coordinación del Programa de Apoyo a la Calidad Ambiental auspiciado por la Embajada Real de los Países Bajos, que actualmente esta en manos de un técnico externo a la institución

- Elaboración del Proyecto de Investigación y desarrollo tecnológico para las tres provincias del Norte de Ecuador, documento entregado al Proyecto apoyado por la Comunidad Europea y Ecuador

El coordinador de este Subproceso, designado como Punto Focal Gubernamental del Proyecto Ciudadanía Ambiental Global (GEC por sus siglas en inglés), apoyado por el PNUMA(6) , también ejerce la Coordinación del Proyecto y entre los principales logros se destacan:

•  Convocatorias para reuniones de planificación del trabajo a ser ejecutado por los miembros de la Mesa Nacional Ecuador del Proyecto GEC.

•  Coordinación de reuniones de trabajo con la participación de AME, AMARC, PNUD, CLAI, FEINE, PARLATINO; y, Ministerio del Ambiente.

•  Selección de dos Gobiernos Seccionales "Pilotos" a fin de apoyar en su fortalecimiento, siendo estos Sucre en la Costa y Riobamba en la Sierra.

•  Participación para el fortalecimiento de las estructuras ambientales de los gobiernos seleccionados.

•  Apoyo a las redes para la elaboración de materiales de capacitación, destinados a la ciudadanía principalmente de los dos municipios elegidos.

•  Elaboración de una página web de la Mesa Nacional de Ecuador del Proyecto de Ciudadanía Ambiental Global .

•  Colaboración en la aplicación de encuestas para medir el nivel de percepción de la conciencia ambiental ciudadana y contratación para la sistematización e incorporación de resultados en una base de datos.

•  Apoyo con técnicos especialistas en los temas de aguas internacionales, cambio climático y biodiversidad para el apoyo a la capacitación ciudadana.

•  Diseño de agendas participativas y establecimiento de acuerdos, en trabajo conjunto con las instituciones involucradas.

•  Coordinación de reuniones de trabajo con la participación de AME, AMARC, PNUD, CLAI, FEINE, PARLATINO; y, Ministerio del Ambiente.

•  Selección de dos Gobiernos Seccionales "Pilotos" a fin de apoyar en su fortalecimiento, siendo estos Sucre en la Costa y Riobamba en la Sierra.

•  Diseño de agendas participativas y establecimiento de acuerdos, en trabajo conjunto con las instituciones involucradas.

(4)Dichas estaciones en su conjunto cubren una superficie aproximada de dos mil hectáreas, muchas de ellas dedicadas a ensayos de investigación silvicultural. En la actualidad, ninguna de estas estaciones ejercen la función para la que fueron creadas, ni tampoco cumplen con otras funciones salvo la de Conocoto, que se encuentra ocupada por la Policía Nacional. La Estación "La Favorita" se pretendió entregarla a la Universidad Técnica del Norte, y "La Chiquita" a la Universidad Técnica de Esmeraldas. Esta última ha sido objeto de invasiones e incluso se ha conformado una cooperativa de invasores, que ya están ubicados en los predios y como primer paso extrajeron la madera de especies forestales valiosas como el chanul y otras especies de madera blanda que fueron conservadas hasta el año 2001.

(5)En la Mesa participan los sectores: privado, estatal, universidades, ONG´s, como: ECOPAR, PROBONA-FOSEFOR, Jatun Sacha, PROFAFOR/FACE, INIAP/RAFE; Universidad Técnica de Quevedo, Universidad Nacional de Loja, Escuela Politécnica del Chimborazo; Fundación Arco Iris; y, Ministerio del Ambiente .

(6)El Proyecto GEC, está constituido por México, Costa Rica, Cuba, Perú, Argentina, Chile y Ecuador. En cada país existe la "Mesa Nacional" del Programa, que aglutina a redes de Parlamentarios, consumidores, iglesias, radios populares, líderes de los Gobiernos Locales y consumidores.

  CORDELIM

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